
Incentivos fiscales · Energía solar
RIMI y Decreto 242/2026: cómo las PyMEs aceleran IVA y amortización en energía solar
El RIMI permite a MiPyMEs recuperar el IVA en ~3 meses y depreciar 100% en el año 1 un proyecto solar, sin monto mínimo. Excluyente del RIGI.

Rodrigo Alonso
CEO de Sustentator·15 de septiembre de 2026
El RIMI (Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones) es el marco fiscal que permite a las MiPyMEs argentinas recuperar más rápido parte de una inversión productiva. Reglamentado por el Decreto 242/2026, y para energía renovable por la Resolución 161/2026, cambia un dato que suele trabar al comité interno: cuándo entra la caja.
No es un subsidio a la tarifa ni un crédito blando. Es la posibilidad de que el Estado devuelva el IVA de paneles, baterías e inversores en alrededor de tres meses, y de depreciar el 100% de esos bienes en el año 1, bajando el Impuesto a las Ganancias del ejercicio. Para renovables, además, no hay monto mínimo de inversión.
Eso es lo que vengo a explicar acá, con números ilustrativos de un sistema de 100 kW. En Sustentator no nos quedamos en el diseño y la instalación: asesoramos el encuadre RIMI del proyecto, armamos la carpeta técnica y acompañamos a la empresa —junto a su estudio contable— hasta la inscripción en el SGI y la elección de beneficios.

Avícola FELLER · 298 kWp · Federal, Entre Ríos
Ver esta obra¿Qué es el RIMI?
El RIMI nace en el Título XXIII de la Ley 27.802 y se reglamenta con el Decreto 242/2026 (10 de abril de 2026). El objetivo es incentivar inversiones productivas de micro, pequeñas y medianas empresas.
La ventana de inversiones va desde marzo de 2026 hasta mayo de 2028 (dos años desde la vigencia del régimen). Los beneficios de amortización acelerada y de devolución de IVA no se excluyen entre sí: se pueden elegir los dos.
Para energía renovable, el Decreto (art. 5°) considera inversiones en bienes de alta eficiencia energética a la adquisición, instalación o desarrollo de bienes que generen, almacenen o transporten energía eléctrica a partir de fuentes renovables. La Secretaría de Energía, con la Resolución 161/2026, publicó el listado de esos bienes —paneles, inversores, almacenamiento y afines— y los exceptuó del mínimo general de inversión.
Tres palancas para un proyecto solar
3 meses
Devolución anticipada de IVA
Se recupera el IVA pagado en paneles, baterías, inversores e instalación, sin esperar a compensarlo durante años contra débito futuro.
100% año 1
Depreciación acelerada
Los bienes renovables se deprecian por completo en el primer ejercicio. Baja la base imponible de Ganancias del año de la inversión.
Sin mínimo
Exención del monto mínimo
A diferencia de otras categorías del RIMI (USD 150.000 a 9 millones según tramo), la energía renovable del listado no exige un piso de inversión.
El techo solar es el mismo. Lo que cambia es la liquidez: sin RIMI el beneficio fiscal espera al próximo balance; con RIMI una parte de la inversión vuelve a los pocos meses.
Sin RIMI
El beneficio llega en el próximo balance
El IVA queda como saldo a favor, compensable solo contra débito futuro. En una PyME chica eso puede tardar años. El repago percibido sigue cerca de 3 años y cuesta justificarlo ante el comité interno.
Con RIMI
IVA de vuelta a los 3 meses
Recuperás IVA en el corto plazo y depreciás el 100% ya en el año 1. Hay caja disponible mucho antes, con el mismo sistema solar y el mismo ahorro en la factura.
Caso ilustrativo: 100 kW por USD 53.000
Así cambia el repago cuando se suma el RIMI. Los importes son ilustrativos y dependen de la mezcla de cada cotización.
Caso ilustrativo · 100 kW
Así cambia el repago cuando se suma el RIMI
Inversión
USD 53.000
IVA recuperado · 3 meses
USD 8.745
Ahorro Ganancias · año 1
USD 15.900
Repago sin RIMI
3 años
Repago con RIMI
~1,6 años
Cómo se arman esas cifras:
- IVA recuperado (3 meses): USD 53.000 × 16,5% ≈ USD 8.745. El 16,5% es un promedio ponderado: paneles al 10,5% y el resto del equipamiento e instalación al 21%. A mayor peso de paneles, más baja la tasa promedio.
- Ahorro impositivo en Ganancias (año 1): USD 53.000 × 30% ≈ USD 15.900, asumiendo alícuota efectiva ~30% y depreciación del 100% en el ejercicio de la inversión.
- Repago: de una base de 3 años sin RIMI a alrededor de 1,6 años con RIMI, porque parte de la inversión (IVA + Ganancias) vuelve como caja fiscal.
industrias Termoplásticas Argentina (ITA) · 505 kWp · Mercedes, Buenos Aires
Ver esta obraRequisitos para acceder al RIMI en un proyecto renovable
- Certificado MiPyME vigente, tramo 1 o 2, activo al inicio del ejercicio fiscal.
- Sin deuda impositiva ni previsional ante ARCA.
- No ser beneficiario del RIGI. El RIGI es el régimen de grandes inversiones; RIMI y RIGI son excluyentes.
- Inscripción energética: RENPER, RENPALMA o Certificado de Usuario-Generador, según el tipo de proyecto.
- Inversión ejecutada en la ventana vigente: entre marzo 2026 y mayo 2028.
- Sin monto mínimo si los bienes están en el listado de la Resolución 161/2026.
El certificado de usuario-generador es, en la práctica, el puente entre el proyecto on-grid que instalamos y el registro que pide el régimen. Por eso el diseño, la ingeniería y la puesta en marcha no son un detalle: son parte de la evidencia del proyecto.
Cómo se pide el acceso al RIMI
- 1
Verificar situación
Certificado MiPyME vigente y sin deuda impositiva ni previsional ante ARCA.
- 2
Inscribirse en el registro de energía
RENPER / RENPALMA, o tramitar el Certificado de Usuario-Generador.
- 3
Cargar el proyecto en el SGI
Comprobantes, informes técnicos y certificados de avance de obra en el Sistema de Gestión de Inversiones de ARCA.
- 4
Elegir los beneficios
Depreciación acelerada y/o devolución de IVA, dentro del mismo sistema. Se pueden tomar los dos.
- 5
Cobrar
IVA: ventana trimestral más 3 meses de espera, cobro por el SIR. Ganancias: se aplica directo en la declaración jurada anual.
El SGI se habilitó el 25 de agosto de 2026 y todavía está terminando de implementarse. Conviene ir preparando la documentación mientras ARCA completa el circuito de pagos. La presolicitud de cupo fiscal de IVA se concentra en ventanas (días 1 a 10 de febrero, mayo, agosto y noviembre).
Beneficio 1: devolución anticipada de IVA
Qué se recupera. Alrededor del 16,5% del proyecto, según la mezcla: paneles al 10,5% y el resto del equipamiento e instalación al 21%.
Cuándo. Tres meses desde que el crédito es computable, dentro de una ventana trimestral con cupo asignado. El tope es el 50% del cupo anual del artículo 24 de la Ley de IVA.
Cómo se cobra. Por el SIR: transferencia a la CBU en 15 días hábiles, o compensación contra otras deudas propias o de terceros.
Sin RIMI, ese IVA queda como saldo a favor, compensable solo contra IVA débito futuro. En una PyME chica, eso puede tardar años en consumirse. Con RIMI, vuelve como liquidez.
Beneficio 2: depreciación acelerada en Ganancias
En otras categorías del RIMI, los bienes muebles amortizables se deprecian en 2 cuotas (2 años) en vez de su vida útil normal.
En energía renovable, paneles, baterías e inversores se deprecian 100% en el año 1. Es el beneficio más rápido de todo el régimen.
El efecto es una baja fuerte de la base imponible de Ganancias del ejercicio de la inversión. Se aplica directo en la declaración jurada anual, sin un trámite de pedido como el del IVA.
FEMSA - CD Mega · 502 kWp · Tapiales, Buenos Aires
Ver esta obra¿RIMI y RIGI son lo mismo?
No. El RIGI apunta a grandes inversiones. El RIMI está pensado para MiPyMEs. Si tu empresa ya es beneficiaria del RIGI, no puede entrar al RIMI. Si estás evaluando un techo solar de decenas o cientos de kW para autoconsumo, el régimen que corresponde mirar con el contador es el RIMI.
Preguntas frecuentes
¿Qué es el RIMI?+
El RIMI es el Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones, creado por el Título XXIII de la Ley 27.802 y reglamentado por el Decreto 242/2026. Permite a MiPyMEs acceder a devolución anticipada de IVA y amortización acelerada en Ganancias por inversiones productivas, incluidas las de energía renovable.
¿RIMI y RIGI son lo mismo?+
No. El RIGI es el régimen de grandes inversiones. El RIMI está pensado para MiPyMEs. Son excluyentes: si la empresa es beneficiaria del RIGI, no puede acceder al RIMI.
¿Hay monto mínimo de inversión para un proyecto solar?+
Para bienes de energía renovable del listado de la Resolución 161/2026 no aplica el monto mínimo general del RIMI (USD 150.000 a USD 9.000.000 según el tramo MiPyME). Esa exención es específica de renovables.
¿Cuánto tarda la devolución del IVA?+
El crédito se formaliza tras tres períodos fiscales mensuales desde que es computable, dentro de una ventana trimestral con cupo. El cobro se gestiona por el SIR, con transferencia a la CBU en alrededor de 15 días hábiles o compensación.
¿La depreciación del 100% en el año 1 aplica a paneles, inversores y baterías?+
Sí, para bienes de alta eficiencia energética el RIMI contempla depreciación del 100% en el primer ejercicio, a diferencia de otras categorías que amortizan en dos cuotas. Se aplica en la declaración jurada anual de Ganancias.
¿Qué trámites energéticos hacen falta?+
Además del certificado MiPyME vigente y de estar al día con ARCA, el proyecto renovable debe inscribirse en RENPER, RENPALMA o contar con Certificado de Usuario-Generador. Después se carga el proyecto en el SGI.
Cómo avanzar con Sustentator
Te acompañamos de punta a punta: ingeniería e instalación on-grid, certificado de usuario-generador y asesoramiento RIMI —requisitos MiPyME, documentación, carga en el SGI y elección de beneficios— coordinando con tu estudio impositivo. El proyecto solar y el trámite fiscal van juntos; no te dejamos solo en el medio.
Si estás evaluando solar para tu planta, depósito o comercio, el momento del régimen es ahora: la ventana cierra en 2028 y el cupo de IVA no es infinito.
Proyectos reales
Proyectos como el tuyo
Estas instalaciones on-grid de Sustentator ilustran el tipo de inversión productiva que puede encuadrar en el RIMI: generación renovable para autoconsumo en empresas e industria.
Fuentes oficiales
Decreto 242/2026 — reglamentación del RIMI.
Resolución 161/2026 — listado de bienes renovables y exención del monto mínimo (Secretaría de Energía).
Resolución General Conjunta 5.849/2026 — normas operativas ARCA / Energía / Agricultura.
Sobre el autor

Rodrigo Alonso
CEO de Sustentator·15 de septiembre de 2026
Emprendedor. Ingeniero en Sistemas con amplia experiencia en tecnología y negocios.


